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El método directo de las cuentas incobrables para efectos fiscales

Las cuentas incobrables son aquellas facturas que no se han podido cobrar a los clientes. Se pueden evitar mediante el seguimiento y la gestión de las cuentas por cobrar, así como también mediante el establecimiento de políticas de cobranza eficientes. Las cuentas incobrables pueden ser deducibles del impuesto sobre la renta siempre que se cumplan ciertos requisitos.


El decreto 10-2012 en su artículo 20 establece que son deducibles las cuentas incobrables, para las cuales se justifique tal calificación, que se originen exclusivamente de operaciones del giro habitual del negocio y únicamente por operaciones realizadas con sus clientes, sin incluir créditos fiscales o préstamos a funcionarios y empleados.


Existen dos métodos de deducción, el método directo y el método de reserva. En este artículo solamente vamos a profundizar sobre el método de deducción directa. Es importante tomar en cuenta que al elegir un método solamente puede ser cambiado con autorización expresa y previa de la Administración Tributaria y sólo en los casos que se justifique la necesidad del cambio. En los casos que se autorice el cambio, éste tendrá efecto en el período de liquidación definitiva anual inmediato siguiente a aquél de su autorización.

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